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franqueo filatélico


             Franqueo de los envíos postales con cantidad y varie-
             dad de sellos, en especial de emisiones conmemora-
             tivas. Raramente este tipo de franqueos se ajustan a
             las tarifas vigentes en su momento y, en la mayoría de
             los  casos,  las  exceden  tratándose  generalmente  de
             preparaciones filatélicas.




             franqueo insuficiente




             Franqueo que no alcanza la totalidad de las tasas esta-
             blecidas por la tarifa vigente. En este caso, la cantidad
             faltante se le suele reclamar al destinatario.
             Antiguamente,  el  correo  estampaba  una  marca  que
             indicaba la deficiencia; en la actualidad, se utilizan o
             sellos de multa o marcas de tasa (letra “T” mayúscula,
             por lo general en tinta negra).
             Ver:
                - insuficiencia de franqueo


             franqueo mecánico



             El realizado por medio de una máquina de franquear
             correspondencia.  Por  lo  general,  las  improntas  son
             rojas  pero  también  las  hay  de  otros  colores:  verde,
             azul, violeta, etc.


             franqueo mixto

             Dícese de las cartas o documentos franqueados con sellos de dos países o administraciones pos-
             tales  diferentes  ya  sea  para  completar  tarifas,  abonar  derechos  (entrega,  lista,  etc),  realizar  tra-
             yectos locales después de pagar tarifas generales, abonar tasas aéreas, realizar una reexpedición o
             por cualquier otra razón.
             En periodos bélicos se producen cuando el franqueo de una zona o país no es reconocido por el
             otro bando y se vuelve a franquear con arreglo a las tasas establecidas.














             franqueo no aceptado



             En ocasiones, el correo advierte el intento de engaño
             en  el  franqueo  de  la  correspondencia  por  parte  del
             usuario. En este caso, suele dejar constancia del trata-
             miento postal de la misma (clasificación, transporte y
             distribución) y la entrega al destinatario previa multa
             al envío tasándolo con el doble de la insuficiencia, de
             acuerdo  con  el  vigente  reglamento  de  la  UPU.
             Lamentablemente no es el defraudador, sino el desti-

             natario, quien ha de pagar.
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