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Comisión Filatélica del Estado



             La  disposición  adicional  cuarta  de  la  Ley  43/2010

             crea, adscrita al Ministerio de Fomento la Comisión
             Filatélica del Estado, como órgano consultivo de los
             Ministerios de Economía y Hacienda y de Fomento,
             con funciones de consulta, asesoramiento y propues-
             ta en materia de emisiones de sellos y demás signos
             de franqueo.
             Y  añade:  “En  la  composición  de  esta  Comisión  se
             garantizará la participación de las asociaciones filatélicas más
             representativas”.
             El  Real  Decreto  1637/2011,  de  14  de  noviembre,
             (B.O.E.  de  25  de  noviembre)  “establece la composición,
             competencias  y  régimen  de  funcionamiento  de  la  Comisión
             Filatélica  del  Estado  y  se  regulan  las  emisiones  de  sellos  y
             demás  signos  de  franqueo”.  La  Comisión  Filatélica  del
             Estado  es  un  órgano  colegiado  y  está  adscrita  al
             Ministerio  de  Fomento  a  través  de  la  Subsecretaría
             del Departamento.


             comisiones FESOFI


             Grupos de trabajo, que realizan las diferentes labores,
             en las actividades de la Federación Española de So-
             ciedades  Filatélicas,  tanto  de  carácter  organizativo
             (Biblioteca,  Relaciones  externas,  Vitrinas,  Nuevas
             tecnologías,  etc.),  como  relativas  al  coleccionismo
             filatélico  (Jurados,  Clases  competitivas:  “Temática”,

             “Tradicional”,  “Maximofilia”  etc.).  Dependen  directa-
             mente del Vicepresidente de FESOFI.




             comisiones  FIP

             Órganos Técnicos de la Federación Internacional de
             Filatelia (F.I.P.) para cada clase de competición (Fila-
             telia  Tradicional.  Historia  Postal,  Aerofilatelia,  Fila-
             telia Temática, etc.) con representación de los delega-
             dos de los países miembros, encargada de establecer
             los reglamentos y directrices de cada una de ellas.







             comité permanente de FESOFI

             Este Comité está formado por el presidente, vicepre-
             sidente, secretario general y administrador de FESO-
             FI y tres presidentes territoriales, elegidos por orden
             alfabético, para un plazo de dos años. Son los encar-
             gados  de  reunirse,  en  aquellas  ocasiones,  que  la ur-
             gencia  exija  una  decisión  inmediata,  que  posterior-
             mente  será  refrendada  por  la  totalidad  de  la  junta
             directiva y asamblea general.


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